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RADARES PARA PROTEGER ESPACIO AÈREO

La ley Nro. 7151/2023 establece los mecanismos para la compra y puesta en funcionamiento de un sistema de radares para la vigilancia y protección para cubrir y resguardar todo el espacio aéreo nacional para la defensa territorial.

Su objetivo es evitar el tránsito irregular de aeronaves que estén involucradas en el tráfico ilícito de estupefacientes y todo lo relacionado al crimen organizado. Estas atribuciones no afectan a las que corresponden por competencia a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil.

La Fuerza Aérea Paraguaya es la autoridad que aplicará la presente ley, conjuntamente con la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, con quién coordinara un sistema de vigilancia integrada.

La adquisición, instalación y mantenimiento de los radares lo realizará la Fuerza Aérea con financiamiento del presupuesto del Ministerio de Defensa cuyos recursos lo incluirá el Ministerio de Economía proveniente del tesoro público u otra fuente de origen institucional o proveniente del crédito público.

Los radares deberán ser como mínimo primarios 3D, fijos o móviles y de mediano o largo alcance para cubrir todo el espacio aéreo a una altura mínima de 2.000 (dos mil) pies. La ubicación quedará a criterio de la Fuerza Aérea. Igualmente los presupuestos asignados permitirán una cobertura y resguardo en un plazo no mayor de 2 (dos) años.


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