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LEY Nº 2.434
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO- MINISTERIO DEL INTERIOR, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 46674, PARA ASIENTO DE UN PUESTO POLICIAL, UBICADO EN EL BARRIO BARCEQUILLO DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de San Lorenzo a transferir a titulo gratuito a favor del Estado Paraguayo – Ministerio del Interior, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 46674, del Distrito de San Lorenzo, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del año 2003, ubicado en el barrio “Barcequillo” del citado municipio, para asiento de un puesto policial, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 15,00 m. (quince metros), linda con el lote N° 4;
AL SUR: Mide 15,00 m. (quince metros), linda con la fracción dejada en concepto de plaza;
AL ESTE: Mide 23,46 m. (veintitrés metros con cuarenta y seis centímetros), linda con la calle San Sebastián; y,
AL OESTE: Mide 23,46 m. (veintitrés metros con cuarenta y seis centímetros), linda con el resto de la fracción dejada en concepto de edificios públicos y pasillo.
SUPERFICIE: 351,90 m2. (TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días del mes de junio del año dos mil cuatro, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintidós días del mes de julio del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.