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LEY Nº 622
QUE AUMENTA LA PENSION GRACIABLE CONCEDIDA A LA SEÑORA MARIA LUISA CRERAULT VDA. DE POLLITI
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Auméntase a G. 250.000 (Doscientos cincuenta mil guaraníes) mensuales, la pensión graciable concedida a la Señora María Luisa Cherault Vda. de Polliti, esposa del Veterano de la Guerra del Chaco, Tte. 1ro. de Comunicaciones de Reserva y ex-jubilado de la Administración Pública, Digno Mateo Polliti Zárate, fallecido el 14 de marzo de 1974.
Artículo 2°.- Derógase el Artículo 2°. de la Ley No. 1.363/88.
Artículo 3°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva esta pensión serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Sub-Secretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al código presupuestario vigente.
Artículo 4°.- La beneficiaria de esta Ley no podrá acogerse a ningún otro beneficio jubilatorio.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el treinta de marzo del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el veintinueve de junio del año un mil novecientos noventa y cinco.