Leyes Paraguayas

Ley Nº 1790 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA RAMONA HORTENCIA NUÑEZ DE ALCARAZ



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LEY N° 1790

QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA RAMONA HORTENCIA NUÑEZ DE ALCARAZ

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY 

Artículo 1º.- Auméntase la pensión graciable a G. 500.000 (Quinientos mil guaraníes), mensuales, a favor de la señora Ramona Hortencia Núñez de Alcaraz, ex operaria de la Intendencia de Guerra y Marina.

Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.

Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.

Artículo 4°.- Derógase el Artículo 9º de la Ley Nº 1288 del 14 de diciembre de 1987.

Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil uno, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001790






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