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LEY N° 3013
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ÑEMBY A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 1.003, ASIENTO DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INICIAL Y ESCOLAR BÁSICA N° 3.529 ‘NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN’, UBICADO EN EL BARRIO VISTA ALEGRE DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Ñemby, a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca Nº 1003 del Distrito de Ñemby, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el Nº 1 y al folio 1 y siguientes del año 1974, asiento de la Escuela de Educación Inicial y Escolar Básica N° 3529 “Nuestra Señora de la Asunción”, ubicado en el barrio Vista Alegre del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 71,00 m (setenta y un metros), linda con la Calle 18;
AL SUR: mide 55,33 m (cincuenta y cinco metros con treinta y tres centímetros), linda con calle pública;
AL ESTE: mide 99,90 m (noventa y nueve metros con noventa centímetros), linda con la calle Teniente Rojas Silva; y,
AL OESTE: mide 101,49 m (ciento un metros con cuarenta y nueve centímetros), linda con calle pública.
SUPERFICIE: 6.085,84 m2 (SEIS MIL OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a ocho días del mes de junio del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a treinta y un días del mes de agosto del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.