Descargar Archivo: Ley 1085 (51.06 KB)
LEY N° 1.085
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORITA NERI TRASLACION PIÑANEZ ARIAS
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1o.- Auméntase la pensión graciable concedida a la señorita Neri Traslación Piñanez Arias, hija del extinto Aspirante a Oficial de Rva. Andrés Piñanez Brozón, a G. 300.000 (trescientos mil guaraníes), mensuales.
Artículo 2o.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otro beneficio jubilatorio.
Artículo 3o.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 4o.- Derógase el Artículo 2o. de la Ley No. 115 del 10 de setiembre de 1969.
Artículo 5o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veintinueve de abril del año un mil novecientos noventa y siete y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el diecinueve de junio del año un mil novecientos noventa y siete.