Leyes Paraguayas

Ley Nº 1799 / AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1661 DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001 (Presidencia de la República – Dirección Nacional de Beneficencia)



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LEY 1799

QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1661 DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001 (Presidencia de la República – Dirección Nacional de Beneficencia)

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY 

Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central, Presidencia de la República, por la suma de G. 2.200.000.000 (GUARANÍES DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES) y las Entidades Descentralizadas, Dirección Nacional de Beneficencia, por la suma de G. 2.200.000.000 (GUARANÍES DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.

Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario por la suma G. 2.200.000.000 (GUARANÍES DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES), que será afectado al Presupuesto 2001 de la Administración Central, Presidencia de la República y las Entidades Descentralizadas, Dirección Nacional de Beneficencia, por la suma de G. 2.200.000.000 (GUARANÍES DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a diez días del mes octubre del año dos mil uno, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001799






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