Descargar Archivo: Ley 1799 (105.6 KB)
LEY 1799
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1661 DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001 (Presidencia de la República – Dirección Nacional de Beneficencia)
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central, Presidencia de la República, por la suma de G. 2.200.000.000 (GUARANÍES DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES) y las Entidades Descentralizadas, Dirección Nacional de Beneficencia, por la suma de G. 2.200.000.000 (GUARANÍES DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario por la suma G. 2.200.000.000 (GUARANÍES DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES), que será afectado al Presupuesto 2001 de la Administración Central, Presidencia de la República y las Entidades Descentralizadas, Dirección Nacional de Beneficencia, por la suma de G. 2.200.000.000 (GUARANÍES DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a diez días del mes octubre del año dos mil uno, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.