Leyes Paraguayas

Ley Nº 2613 / AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A PAGAR UNA GRATIFICACION ANUAL A LOS JUBILADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA



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LEY N° 2613
QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A PAGAR UNA GRATIFICACION ANUAL A LOS JUBILADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a pagar una gratificación anual a los jubilados de la Administración Pública, conforme a la disponibilidad del Rubro 829 “Otras transferencias a jubilados y pensionados” del Presupuesto General de la Nación, a tal efecto, el Poder Ejecutivo deberá presentar la correspondiente ampliación presupuestaria modificatoria de la Ley Nº 2530 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005”.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a doce días del mes de mayo del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a dos días del mes de junio del año dos mil cinco, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002613






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