Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2526 / CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA FELIPA OZORIO VIUDA DE JIMENEZ



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LEY Nツコ 2526
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA FELIPA OZORIO VIUDA DE JIMENEZ 
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artテュculo 1ツー.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 800.000 (guaranテュes ochocientos mil) mensuales, a favor de la seテアora Felipa  Ozorio viuda de Jimテゥnez.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- La beneficiaria de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a veintisテゥis dテュas del mes de agosto del aテアo dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados a veinticinco dテュas del mes de noviembre del aテアo dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 204 de la Constituciテウn Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002526






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