Leyes Paraguayas

Ley Nº 7230 / QUE DECLARA A LA CIUDAD DE ENCARNACIÓN COMO “CAPITAL NACIONAL DE DEPORTES NÁUTICOS Y JUEGOS ACUÁTICOS”.



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LEYº 7230
 
 
QUE DECLARA A LA CIUDAD DE ENCARNACIÓN COMO “CAPITAL NACIONAL DE DEPORTES NÁUTICOS Y JUEGOS ACUÁTICOS”.
 
 
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
 
Artículo 1.º Declárase a la Ciudad de Encarnación como “Capital Nacional de Deportes Náuticos y Juegos Acuáticos”.
 
Artículo 2.º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.

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