Leyes Paraguayas

Ley Nº 809 / DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE UNA FRACCION DE TERRENO, INDIVIDUALIZADA COMO PARTE DE LA FINCA N° 10.241 (PARTE DE LA CALLE 3)



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LEY Nº 809

QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE UNA FRACCION DE TERRENO, INDIVIDUALIZADA COMO PARTE DE LA FINCA N° 10.241 (PARTE DE LA CALLE 3)

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Asunción a transferir a título gratuito a favor de su actual ocupante Señor Cipriano Duarte, Lisiado de la Guerra del Chaco, una fracción de terreno, indidividualizada como parte de la Finca N° 10.241 (parte de la calle 3), ubicada en el Distrito Santísima Trinidad del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:

AL NORTE: Mide 12 m. (doce metros), con rumbo magnético N – 15° 05' - E (Norte, quince grados cinco minutos, Este), linda con los lotes con Ctas. Ctes. Ctrales. Nos. 15-864-2 y 3;

AL SUR: Mide 12 m. (doce metros), con rumbo magnético S – 15° 05' - W (Sur, quince grados cinco minutos, Oeste), linda con la calle Auditores de la Guerra del Chaco;

AL ESTE: Mide 30 m. (treinta metros), con rumbo magnético S – 74° 55' - E (Sur, setenta y cuatro grados cincuenta y cinco minutos, Este), linda con el lote con Cta. Cte. Ctral. N° 15-864-14; y,

AL OESTE: Mide 30 m. (treinta metros), con rumbo magnético N – 74° 55' - W (Norte, setenta y cuatro grados cincuenta y cinco minutos, Oeste), linda con el lote con Cta. Cte. Ctral. N° 15-864-15.

SUPERFICIE: 360 m2 (TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS).

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados a diecinueve días del mes de setiembre del año un mil novecientos noventa y cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a doce días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y cinco.


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