Descargar Archivo: Ley 6845 (57.55 KB)
LEY N° 6845
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA, A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 4086 CON CTA. CTE. CTRAL. N° 27-0345-01, UBICADO EN EL BARRIO ESTANZUELA, ZONA NORTE, DEL DISTRITO DE FERNANDO DE LA MORA.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.° Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Fernando de la Mora, a transferir a título oneroso a favor de su actual ocupante, señora Eusebia Vega Villalba, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 4086 con Cta. Cte. Ctral. N° 27-0345-01, ubicado en el Barrio Estanzuela, Zona Norte, del Distrito de Fernando de la Mora, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Su frente al Este: Mide 18 m (dieciocho metros), linda con la calle Leocadio Jara.
Su contrafrente al Oeste: Mide 18 m (dieciocho metros), linda con la Cta. Cte. Ctral. N° 27-0345-08.
Su costado al Norte: Mide 30 m (treinta metros), linda con la calle Cerro Porteño.
Su costado al Sur: Mide 30 m (treinta metros), linda con el Lote con Cta. Cte. Ctral. N° 27-0345-09.
Superficie: 540 m2 (quinientos cuarenta metros cuadrados).
COORDENADAS UTM – WGS 84-21 J
AL NORTE: PUNTO 1: E= 444.794
N= 7.201.057
PUNTO 2: E= 444.775
N= 7.201.076
Artículo 2.° La suma obtenida por la venta del inmueble individualizado en el artículo 1° de la presente ley, será destinada exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.
Artículo 3.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a un día del mes de setiembre del año dos mil veintiuno, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veintiuno, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.