Leyes Paraguayas

Ley Nº 2545 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA MARIA SALOME PEREIRA RUIZ DIAZ



Descargar Archivo: Ley N° 2545 (50.56 KB)


​LEY Nº 2545
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA MARIA SALOME PEREIRA RUIZ DIAZ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Auméntase a G. 500.000 (Guaraníes quinientos mil) mensuales, la pensión graciable concedida a la señora María Salomé Pereira Ruiz Díaz.
Artículo  2°.-  Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3º.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo  4°.- Derógase la Ley 1215 del 26 de diciembre de 1997.
Artículo  5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002545






De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros