Leyes Paraguayas

Ley Nº 1807 / AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1661 DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001 (Caja de jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal)



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LEY N° 1807

QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1661 DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001 (Caja de jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal)

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY 

Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas, Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal, por la suma de G. 425.400.000 (GUARANÍES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.

Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario por la suma de G. 425.400.000 (GUARANÍES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL), que será afectado al Presupuesto 2001 de las Entidades Descentralizadas, Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinte días del mes de setiembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a once días del mes octubre del año dos mil uno, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001807






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