Descargar Archivo: Ley N° 3127 (39.18 KB)
LEY N° 3.127
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CAMBYRETA A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 17456, UBICADO EN EL BARRIO SAN FRANCISCO DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Cambyretá a transferir a título oneroso a favor de su actual ocupante, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 17456, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 1 y al folio 1 y siguientes del año 1989, ubicado en el barrio San Francisco del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 12,00 m (doce metros), linda con la calle N° 01;
AL SUR: Mide 12,00 m (doce metros), linda con el Lote N° 8;
AL OESTE: Mide 42,00 m (cuarenta y dos metros), linda con los Lotes N°s. 1, 2, 3 y 4; y,
Al ESTE: Mide 42,00 m (cuarenta y dos metros), linda con el Lote N° 26.
SUPERFICIE: 504 m2 (QUINIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta del inmueble individualizado en el Artículo 1° de la presente Ley, será destinada exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a siete días del mes de setiembre del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a cinco días del mes de diciembre del año dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.