Leyes Paraguayas

Ley Nº 4920 / DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ITA, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA), UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 10571, CON CTA. CTE. CTRAL. N° 27-1247-01, PARA ASIENTO DE LA ESCUELA CECILIO BAEZ DE LA COMPAÑIA PARAJE YJHOVY, UBICADO EN LA CIUDAD DE ITA, DEPARTAMENTO CENTRAL



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LEY N° 4920
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ITA, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA), UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 10571, CON CTA. CTE. CTRAL. N° 27-1247-01, PARA ASIENTO DE LA ESCUELA CECILIO BAEZ DE LA COMPAÑIA PARAJE YJHOVY, UBICADO EN LA CIUDAD DE ITA, DEPARTAMENTO CENTRAL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1° .- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Itá, a transferir a Título gratuito a favor del Estado paraguayo (Ministerio de Educación y Cultura), un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 10571, con Cta. Cte. Ctral. N° 27-1247-01, para asiento de la Escuela Cecilio Báez de la Compañía Paraje Yjhovy, ubicado en la ciudad de Itá, Departamento Central, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes;
Línea 1-2: Con rumbo N 4° 20’ 58” E (Norte, cuatro grados, veinte minutos, cincuenta y ocho segundos, Este),  mide 20,00 m (veinte metros), linda con resto de la Fracción;
Línea 2-3: Con rumbo S 85° 39’ 2” E (Sur, ochenta y cinco grados, treinta y nueve minutos, dos segundos, Este), mide 60,00 m (sesenta metros), linda con la calle Nº 12;
Línea 3-4: Con rumbo S 4° 20’ 58” W (Sur, cuatro grados, veinte minutos, cincuenta y ocho segundos, Oeste), mide 20,00 m (veinte metros), linda con la calle 25; y,
Línea 4-1: Con rumbo N 85° 39’ 2” W (Norte, ochenta y cinco grados, treinta y nueve minutos, dos segundos, Oeste), mide 60,00 m (sesenta metros), linda con la calle N° 24.
SUPERFICIE: 1.200 m2 (UN MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de octubre del año dos mil doce, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a veinticuatro días del mes de abril del año dos mil trece, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.

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