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LEY N° 7437
QUE APRUEBA EL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO PARA LA COOPERACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COREA AL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DESTINADA AL ESTABLECIMIENTO DEL CENTRO PARAGUAYO DE RECOMENDACIONES Y SOLUCIONES TECNOLÓGICAS DESDE COREA (TASK) PARA EL AVANCE DE AUTOPARTES Y PLAN PILOTO DE MOVILIDAD ELÉCTRICA
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
Artículo 1º.- Apruébase, el “Memorando de Entendimiento para la Cooperación entre el Ministerio de Industria y Comercio y el Instituto de Tecnología Automotriz de Corea (KATECH) entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la República de Corea”, suscrito en Asunción el 26 de octubre de 2020 y el “Registro de Discusión para el Establecimiento del Centro Paraguayo de Recomendaciones y Soluciones Tecnológicas desde Corea (TASK) para el Avance de las Autopartes y Plan Piloto de Movilidad Eléctrica”, suscrito en Asunción el 7 de febrero de 2023, cuyos textos forman parte de la presente ley.
Artículo 2.° Establécese que la ejecución y administración del presente Acuerdo estará a cargo del Ministerio de Industria y Comercio.
Artículo 3.° Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a reglamentar los aspectos procedimentales institucionales y administrativos necesarios para la correcta implementación de la presente ley.
Artículo 4.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el proyecto de ley por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciséis días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución.