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LEY N° 1800
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, APROBADO POR LEY N° 1661 DE FECHA 15 DE ENERO DE 2001 - DIRECCION NACIONAL DE AERONAUTICA CIVIL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas - Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, por la suma de G. 2.169.921.375 (GUARANIES DOS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas - Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, por la suma de G. 2.169.921.375 (GUARANÍES DOS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el veinticinco de setiembre del año dos mil uno y por la Honorable Cámara de Diputados, el diez de octubre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo de conformidad al Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.