Leyes Paraguayas

Ley Nº 1045 / DISPONE EL OTORGAMIENTO Y LA RENOVACION GRATUITA DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Y DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO.



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LEY N° 1045

QUE DISPONE EL OTORGAMIENTO Y LA RENOVACION GRATUITA DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Y DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1º.- Disponer el otorgamiento y la renovación gratuíta de la cédula de identidad y del certificado de nacimiento de los ciudadanos que hayan cumplido diecisiete años de edad en adelante, durante el año 1997.

Artículo 2º.- En las dependencias encargadas de la expedición de estos documentos, se fijarán carteles que indiquen lo establecido en el artículo anterior.

Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo proveerá los fondos necesarios, provenientes del Presupuesto General de la Nación.

Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a dieciocho días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y seis, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a diez días del mes de abril del año un mil novecientos noventa y siete.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001045






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