Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2057 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA EUGENIA ORTIZ.



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LEY N° 2.057

QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA EUGENIA ORTIZ.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY 

Artículo 1°.- Auméntase a G.500.000 (guaraníes quinientos mil) mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la señora Eugenia Ortíz, ex funcionaria de la Cámara de Diputados.

Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.

Artículo 3°.- Derógase el Artículo 36 de la Ley N° 83/91.

Artículo 4°.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.

Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dos, y por la Honorable Cámara de Senadores, a doce días del mes de diciembre del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002057






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