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LEY Nº 2.253
QUE AMPLIA EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 2084/03, PARA LA APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY N° 1555/2000.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1°.- Amplíase por última vez el plazo previsto en el Artículo 1° de la Ley N° 2084/03 “QUE AMPLIA EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 1920/2002, QUE AMPLIA LA LEY N° 1555/2000, QUE ESTABLECE NORMAS PARA DETERMINAR PRECIO ACTUAL DE UNIDADES HABITACIONALES Y DECLARA INAPLICABLE EL ARTICULO 27 DE LA LEY N° 118/90”, por noventa días, a partir de la promulgación de la presente Ley, para la aplicación y cumplimiento de la Ley N° 1555/2000, tanto para las autoridades administrativas del Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI) como para los beneficiarios.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.