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LEY N° 2167
QUE RECONOCE AL INSTITUTO SUPERIOR SALESIANO DE ESTUDIOS FILOSOFICOS “DON BOSCO” COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Reconócese al Instituto Superior Salesiano de Estudios Filosóficos “Don Bosco”, de la Sociedad Salesiana del Paraguay, creado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 27026 del 19 de junio de 1967, como una Institución de Educación Superior, del sector privado, que se regirá por la presente Ley, el Artículo 79 de la Constitución Nacional y las normas pertinentes de la Ley N° 1264/98 “General de Educación”.
Artículo 2°.- Facúltase al Instituto Superior Salesiano de Estudios Filosóficos “Don Bosco” a implementar programas en Ciencias de la Educación.
Artículo 3°.- La institución creada por la presente Ley deberá ser sometida al proceso de evaluación y acreditación por el organismo creado por Ley N° 2072/03 “DE CREACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR”.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiséis días del mes de junio del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.