Leyes Paraguayas

Ley Nº 2952 / MODIFICA EL ARTICULO 38 DE LA LEY N° 276/94 “ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA”



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LEY N° 2952
QUE MODIFICA EL ARTICULO 38 DE LA LEY N° 276/94 “ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA” 
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 38 de la Ley N° 276, de fecha 8 de julio de 1994 “ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA”, cuyo texto queda redactado como sigue:
“Art. 38.- Los síndicos asignados por ley para el control y fiscalización de organismos e instituciones del Estado, serán designados por la Contraloría General de la República, previo concurso de oposición. Ejercerán sus funciones conforme a la Ley y responderán ilimitada y solidariamente con los responsables de la repartición pública cuya auditoría y fiscalización se les confía, por los actos y documentos que verifiquen y autoricen. Sus remuneraciones formarán parte del Presupuesto General de Gastos de la Contraloría, debiendo ser contemplados en el Ejercicio Fiscal del año correspondiente.
Los síndicos deberán ser de nacionalidad paraguaya, graduados universitarios, con experiencia en auditoría con no menos de cinco años.”
Artículo 2º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2007.
Artículo 3°.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a esta Ley.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinte días del mes de abril del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a ocho días del mes de junio del año dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.

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Antecedente de la Ley Nº 00000002952






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