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LEY N° 315
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ELISA A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTO), UN INMUEBLE.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorizase a la Municipalidad de Villa Elisa, a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo (Ministerio de Educación y Culto), un inmueble inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, como parte de la Finca Nº 2.330, ubicado en el Barrio Gloria María, asiento de la Escuela Graduada Nº 1.702 "América" del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA a-b: Con rumbo N-49º 26' 30"-E (Norte cuarenta y nueve grados veinte y seis minutos treinta segundos, Este), mide 52,85 ms. (cincuenta y dos metros con ochenta y cinco centímetros) linda con la fracción reservada para plaza;
LINEA b-3: Con rumbo N-40º 00'40"-W (Norte cuarenta grados cero minutos cuarenta segundos, Oeste), mide 97,00ms (noventa y siete metros) linda con la calle 2;
LINEA 3-4: Con rumbo 5-49º 26' 30"-W (Sur veinte y seis minutos treinta segundos, Oeste), cuarenta y nueve grados mide 52,85 ms. (cincuenta y dos metros con ochenta y cinco centímetros) linda con calle; y,
LINEA 4-a: Con rumbo S-40º 00' 40"-E (Sur cuarenta grados cero minutos cuarenta segundos, Este), mide 97,00 ms. (noventa y siete metros) linda con derechos de Bordaberri Hermanos.
SUPERFICIE: 5.126 ms2 (CINCO MIL CIENTO VEINTE Y SEIS METROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados de la. Nación, a veinte y cinco días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y tres y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a ocho días del mes de marzo, del año un mil novecientos noventa y cuatro.