Leyes Paraguayas

Ley Nº 6038 / DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA AL DEPARTAMENTO ALTO PARAGUAY Y AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, APROBADO POR LEY Nº 6.026 DE FECHA 9 DE ENERO DE 2018, MINISTERIO DE HACIENDA - GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE ALTO PARAGUAY.



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LEY N° 6.038

QUE DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA AL DEPARTAMENTO ALTO PARAGUAY Y AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, APROBADO POR LEY Nº 6.026 DE FECHA 9 DE ENERO DE 2018, MINISTERIO DE HACIENDA - GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE ALTO PARAGUAY.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1.° Declárase en situación de Emergencia al Departamento Alto Paraguay, de conformidad al artículo 202, numeral 13) de la Constitución Nacional, por un plazo indeterminado, para combatir los efectos ocasionados por las graves inundaciones registradas en esta zona del territorio de la República.

Artículo 2.° Instar a las autoridades nacionales, departamentales y municipales a solicitar y disponer de los recursos necesarios, a fin de dar respuesta inmediata a las prioridades de los pobladores del Departamento.

Artículo 3.° La Gobernación de Alto Paraguay y los organismos concurrentes por la Ley Nº 2.615/05, que crea la secretaría de emergencia nacional (S.E.N.), adoptarán todas las medidas conducentes para dar respuesta inmediata a las prioridades de los pobladores del citado Departamento, mediante programas de asistencia a ser encaminados con la Sociedad Civil.

Artículo 4.° Amplíase la estimación de los ingresos del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, aprobado por Ley Nº 6.026 de fecha 9 de enero de 2018, afectando a la Tesorería General y a las Entidades: 12 06 Ministerio de Hacienda y 22 17 Gobierno Departamental de Alto Paraguay, por un monto total de G. 5.700.000.000 (Guaraníes cinco mil setecientos millones), de acuerdo con el Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.

Artículo 5.° Apruébase la ampliación de los créditos del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, aprobado por Ley Nº 6.026 de fecha 9 de enero de 2018, afectando a las Entidades: 12 06 Ministerio de Hacienda y 22 17 Gobierno Departamental de Alto Paraguay, por un monto total de G. 5.700.000.000 (Guaraníes cinco mil setecientos millones), de acuerdo con el Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.

Artículo 6.° La ampliación presupuestaria autorizada por la presente disposición legal será con carácter de excepción con lo establecido en la Ley N° 1.954/02, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY N° 1.535, DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO, y al artículo 16 de la Ley N° 6.026/18, QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018.

Artículo 7.° Las autoridades del Gobierno Departamental de Alto Paraguay, serán responsables por la inclusión en su presupuesto de recursos y créditos, planes y programas que no guarden relación directa con los fines y objetivos previstos en esta ley o sus cartas orgánicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 1.535/99 “de administraciÓn financiera del ESTADO”.

Artículo 8.° Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de Ingresos, Gastos y Financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria, en el Ejercicio Fiscal en vigencia a la fecha de promulgación de la presente ley.

Artículo 9.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil dieciocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los quince días del mes de marzo del año dos mil dieciocho, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.


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