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LEY Nº 3679
QUE MODIFICA EL ARTICULO 8º DE LA LEY Nº 1561/00 “QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DEL AMBIENTE, EL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Y LA SECRETARIA DEL AMBIENTE”
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 8º de la Ley Nº 1561/00 “QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DEL AMBIENTE, EL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Y LA SECRETARIA DEL AMBIENTE”, cuyo texto queda redactado de la siguiente forma:
“Art. 8º.- La Secretaría del Ambiente se relacionará directamente con el Poder Ejecutivo. Su presupuesto institucional deberá ser incorporado en el Presupuesto General de la Nación dentro de los entes autónomos y autárquicos. Se regirá por las disposiciones de esta Ley y los Decretos reglamentarios que se dicten al efecto.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional