Leyes Paraguayas

Ley Nº 3638 / DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE J. AUGUSTO SALDÍVAR A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, PARTE DE UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA Nº 533, UBICADO EN LA COMPAÑÍA TOLEDO CAÑADA DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA Nº 7063 “SANTA ROSA DE LIMA”.



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LEY N° 3.638
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE J. AUGUSTO SALDÍVAR A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, PARTE DE UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA Nº 533, UBICADO EN LA COMPAÑÍA TOLEDO CAÑADA DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA Nº 7063 “SANTA ROSA DE LIMA”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de J. Augusto Saldivar, a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo – Ministerio de Educación y Cultura, parte de un inmueble individualizado como Finca N° 533 del Distrito de J. Augusto Saldívar, que fuera destinado originalmente para plazas y edificios públicos, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del 27 de marzo de 1990, ubicado en la fracción Giselle de la Compañía Toledo Cañada del citado municipio, asiento de la Escuela Básica Nº 7063 “Santa Rosa de Lima”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: con rumbo S 68º 14’ 10” E (Sur, sesenta y ocho grados, catorce minutos, diez segundos, Este), mide 43,00 m. (cuarenta y tres metros), linda con calle pública;
AL SUR: con rumbo N 68º 19’ W (Norte, sesenta y ocho grados, diecinueve minutos, Oeste), mide 43,00 m. (cuarenta y tres metros), linda con derechos privados (actual Toribio Mereles);
AL ESTE: con rumbo S 21º 40’ 21” W (Sur, veintiún grados, cuarenta minutos, veintiún segundos, Oeste), mide 42,95 m. (cuarenta y dos metros con noventa y cinco centímetros), linda con el resto de la fracción destinada para plaza y edificios públicos; y,
AL OESTE: con rumbo N 21º 41’ E (Norte, veintiún grados, cuarenta y un minutos, Este), mide 43,00 m. (cuarenta y tres metros), linda con calle pública.
SUPERFICIE: 1.847 m2  8.542 cm2 (UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil ocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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