Leyes Paraguayas

Ley Nº 1589 / DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL, A FIN DE DESTINARLO PARA CAMPO COMUNAL, UNA FINCA DEL DISTRITO DE HORQUETA, DEPARTAMENTO CONCEPCIÓN



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LEY N° 1.589
QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL, A FIN DE DESTINARLO PARA CAMPO COMUNAL, UNA FINCA DEL DISTRITO DE HORQUETA, DEPARTAMENTO CONCEPCIÓN
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE 
LEY:
Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del Instituto de Bienestar Rural (IBR), para ser destinado a campo comunal, la Finca Nº 1102, con una superficie de 937 ha. (novecientos treinta y siete hectáreas) 5.000 m²  (cinco mil metros cuadrados), situada en el Distrito de Horqueta, Departamento Concepción.
Artículo 2º.- El Instituto de Bienestar Rural (IBR) y los propietarios acordarán en un plazo de noventa días el precio de la finca expropiada. En caso de no haber acuerdo, podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación judicial del precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados a los ocho días del mes de agosto del año dos mil, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil. Confirmada la sanción inicial por la Honorable Cámara de Diputados el 12 de octubre de 2000, y por la Honorable Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2000, de conformidad con lo establecido en el Artículo 209 de la Constitución Nacional.

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