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LEY N° 7247
QUE CREA LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA, DE LA CIUDAD DE CARMELO PERALTA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO ALTO PARAGUAY.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1.º Créanse los Juzgados de Primera Instancia, Defensorías Públicas y Fiscalía de la Ciudad de Carmelo Peralta, con asiento en dicha ciudad y que dependerán de la Circunscripción Judicial de Alto Paraguay, y que estarán compuestos por:
a) 1 (un) Juzgado Multifuero Penal de Garantías y Penal Adolescencia;
b) 1 (un) Juzgado Multifuero Civil, Comercial, Laboral y Niñez y Adolescencia;
c) 2 (dos) Defensorías Públicas;
d) 1 (una) Fiscalía.
Artículo 2.º Establécese que la conformación definitiva de los citados juzgados, se realizará de acuerdo con la disponibilidad de recursos a ser determinada por la Ley del Presupuesto General de la Nación, que corresponda.
Artículo 3.º Facúltase a la Corte Suprema de Justicia a realizar los ajustes necesarios para la organización y eficiencia de la administración de justicia de la Circunscripción Judicial del Departamento Alto Paraguay.
Artículo 4.º Deróganse todas las disposiciones contrarias a la presente ley.
Artículo 5.º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los trece días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.