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LEY N° 1.203
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 3.104, UBICADO EN EL BARRIO JULIO CORREA DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Luque, a transferir a título oneroso a favor de su actual ocupante, Señor Modesto Benítez Torres, un inmueble destinado para plaza, del loteamiento realizado por los Señores Germán Chávez y otros, individualizado como parte de la Finca N° 3.104, del Distrito de Luque, correspondiente al lote Nº 11 de la Manzana XXVIII, con Cta. Cte. Ctral. Nº 27-129-13, ubicado en el Barrio Julio Correa del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 34,90 m. (Treinta y cuatro metros con noventa centímetros), linda con el lote N° 7;
AL SUR: Mide 34, 90 m. (Treinta y cuatro metros con noventa centímetros), linda con los lotes Nºs 16, 17 y 18;
AL ESTE: Mide 12,00 m. (Doce metros), linda con el lote N° 10; y,
AL OESTE: Mide 12,00 m. (Doce metros), linda con la calle Ignacio A. Pane.
SUPERFICIE: 418,80 m² (CUATROCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- La suma obtenida por la venta del inmueble individualizado en el Artículo 1º de la presente ley, será destinada exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y siete, y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintisiete días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y siete