Leyes Paraguayas

Ley Nº 1412 / DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE SR. LUIS ANTONIO MACIEL, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N°. - 3.409, UBICADO EN EL BARRIO LAGUNA GRANDE DEL CITADO MUNICIPIO



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LEY N° 1.412

QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE SR. LUIS ANTONIO MACIEL, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N°. - 3.409, UBICADO EN EL BARRIO LAGUNA GRANDE DEL CITADO MUNICIPIO

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°. - Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Fernando de la Mora a transferir a título oneroso a favor de su actual ocupante Señor Luis Antonio Maciel, un inmueble individualizado como parte de la Finca N°. - 3.409, con Cta. Cte. Ctral. N°. - 27-1.126-05, Lote No. - 7 de la Manzana V, ubicado en el Barrio Laguna Grande del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:

Su frente al Oeste: Mide 12,00 m. (doce metros), linda con la calle I, hoy Don Bosco;

Su contrafrente al Este: Mide 12,00 m. (doce metros), linda con el lote N°. - 12 con Cta. Cte. Ctral. N°. - 27-1.126-03, (ex-propiedad de la Sra. María Julia M. Vda. de González), hoy propiedad del Sr. Oscar D. Benítez Cristaldo;

Su fondo al Norte: Mide 36,00 m. (treinta y seis metros), linda con el lote N°. - 06 con Cta. Cte. Ctral. N°. - 27-1.126-06, derecho municipal según Catastro;

Su contrafondo al Sur: Mide 36,00 m. (treinta y seis metros), linda con el lote N°. - 08 con Cta. Cte. Ctral. N°. - 27-1.126-04, propiedad de Florencia Cano de la Rosa.

SUPERFICIE: 432 ms2. (Cuatrocientos treinta y dos metros cuadrados).

Artículo 2°. - La suma obtenida por la venta del inmueble individualizado en el artículo 1° de la presente ley, será destinada exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.

Artículo 3o. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diez días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y ocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de febrero del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001412






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