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LEY N° 5562
QUE ASIGNA A LA TESORERÍA GENERAL EL PRODUCIDO DE LA/S LICITACIÓN/ES PÚBLICA/S DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO PARA TECNOLOGÍAS 4G LTE (LONG TERM EVOLUTION)
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Establécese que el ingreso en concepto de Derecho de Licencia, producto de la/s licitación/es pública/s del espectro radioeléctrico para tecnologías 4G LTE (Long Term Evolution), constituirá recursos de la Tesorería General, en carácter de excepción a lo dispuesto en los Artículos 16, inciso m); y 133 de la Ley N° 642/95 “DE TELECOMUNICACIONES”, y serán destinados a financiar gastos del Presupuesto General de la Nación.
Artículo 2°.- Dispónese que los ingresos producidos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Ley, serán incluidos en el Presupuesto General de la Nación de acuerdo con las normas técnicas de modificación presupuestaria, por Decreto del Poder Ejecutivo.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a nueve días del mes de diciembre del año dos mil quince, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil quince, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.