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LEY N° 1.139
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 1997, APROBADO POR LEY N° 1.019 DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 1996, DIRECCION NACIONAL DE BENEFICENCIA (DIBEN)
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas (Dirección Nacional de Beneficencia) en la suma de G. 111.480.000 (Ciento once millones cuatrocientos ochenta mil guaraníes), conforme al siguiente detalle:
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Artículo 2º.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas por la suma de G. 111.480.000 (Ciento once millones cuatrocientos ochenta mil guaraníes), que estará afectado al Presupuesto 1997 de la Dirección Nacional de Beneficencia (DIBEN), conforme al siguiente detalle:
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Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a dos días del mes de setiembre del año un mil novecientos noventa y siete, y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veinticinco días del mes de setiembre del año un mil novecientos noventa y siete.