Leyes Paraguayas

Ley Nº 1780 / AUMENTA PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA MARIA HORTENSIA ZALDÍVAR VDA. DE SANTIVIAGO



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LEY N° 1.780

QUE AUMENTA PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA MARIA HORTENSIA ZALDÍVAR VDA. DE SANTIVIAGO.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY 

Artículo 1º.- Auméntase a G. 700.000 (setecientos mil guaraníes) mensuales, la pensión graciable concedida a la señora María Hortensia Zaldívar Vda. de Santiviago, esposa del excombatiente de la Guerra del Chaco, General de División (SR) Luis Santiviago.

Artículo 2º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.

Artículo 3º.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse otros beneficios similares o derechos jubilatorios.

Artículo 4°.- Derógase el Decreto-Ley N° 9 del 8 de marzo de 1985.

Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de julio del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de Senadores, a trece días del mes de setiembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001780






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