Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2606 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA ISABEL FAUSTINA SAMUDIO VDA. DE FRETES



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LEY Nツー 2.606
QUE AUMENTA  PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA ISABEL FAUSTINA SAMUDIO VDA. DE FRETES.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツー.- Aumテゥntase a G. 1.300.000 (Guaranテュes un millテウn trescientos mil) mensuales, la pensiテウn graciable concedida a favor de la seテアora Isabel Faustina Samudio Vda. de Fretes, esposa del excombatiente de la Guerra del Chaco, Sgto. 1ツコ Domingo Fretes.
Artテュculo 2ツコ.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- La beneficiaria de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Derテウgase la Ley Nツー 1688 del 19 de abril de 2001.
Artテュculo 5ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo. 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a diecisiete dテュas del mes de diciembre del aテアo dos mil cuatro, y por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a treinta dテュas del mes de mayo del aテアo dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artテュculo 204 de la Constituciテウn Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002606






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