Leyes Paraguayas

Ley Nº 2514 / CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA ELIDA VALLEJOS VDA. DE ROMERO



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LEY N° 2514
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA ELIDA VALLEJOS VDA. DE ROMERO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de G. 3.000.000 (guaraníes tres millones) mensuales, a la Señora Elida Vallejos Vda. de Romero, esposa del extinto poeta paraguayo, don Elvio Romero.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los diesciseis días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 2) de la Constitución Nacional.

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