Leyes Paraguayas

Ley Nº 3293 / APRUEBA EL CONTRATO DE PRESTAMO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE OBRAS COMPLEMENTARIAS A LA RUTA NACIONAL 10 POR US$ 9.500.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL), SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y LA CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), FECHADO EL 17 DE MARZO DE 2006, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC), Y QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007, APROBADO POR LEY N° 3148 DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 2006



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LEY N° 3293
QUE APRUEBA EL CONTRATO DE PRESTAMO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE OBRAS COMPLEMENTARIAS A LA RUTA NACIONAL 10 POR US$ 9.500.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL), SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y LA CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), FECHADO EL 17 DE MARZO DE 2006, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC), Y QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007, APROBADO POR LEY N° 3148 DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 2006
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY 
Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Préstamo para el financiamiento del Programa de Obras Complementarias de la Ruta Nacional 10 por US$ 9.500.000 (Dólares de los Estados Unidos de América nueve millones quinientos mil), suscrito entre la República del Paraguay y la Corporación Andina de Fomento (CAF), en la ciudad de Caracas, Venezuela, el 17 de marzo de 2006, a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), cuyo texto se transcribe como Anexo de la presente Ley.
Artículo 2°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Aministración Central, Tesorería General y Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, por un monto total de G. 8.810.670.600 (Guaraníes ocho mil ochocientos diez millones seiscientos setenta mil seiscientos), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central, por la suma de G. 8.810.670.600 (Guaraníes ocho mil ochocientos diez millones seiscientos setenta mil seiscientos), que estará afectada al Presupuesto 2007 del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de esta Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al sólo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los doce días del mes de julio del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil siete, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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