Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2361 / CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA CATALINA RUIZ VDA. DE MARECOS.



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LEY Nツー 2.361
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA CATALINA RUIZ VDA. DE MARECOS.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツー.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 700.000 (Guaranテュes setecientos mil) mensuales, a favor de la seテアora Catalina Ruiz Vda. de Marecos, esposa del excombatiente de la Guerra del Chaco, Juan Carlos Marecos.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツコ.- La beneficiaria de esta pensiテウn no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo  4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a dos dテュas del mes de octubre del aテアo dos mil tres, y por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a once dテュas del mes de marzo del aテアo dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artテュculo 204 de la Constituciテウn Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002361






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