Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 3870 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA JUANA EMILIA CANO AQUINO



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LEY Nツコ 3870
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA JUANA EMILIA CANO AQUINO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツコ.- Aumテゥntase a G. 1.000.000 (Guaranテュes un millテウn) mensuales, la pensiテウn graciable concedida a favor de la seテアora Juana Emilia Cano Aquino, hija del extinto excombatiente de la Guerra del Chaco, Sargento Vテュctor Cano Peralta.
Artテュculo 2ツコ.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツコ.- La beneficiaria de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツコ.- Derテウgase la Ley Nツコ 2571 de fecha 6 de mayo de 2005.
Artテュculo 5ツコ.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada el proyecto de ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a los diecisテゥis dテュas del mes de junio del aテアo dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a los veintidテウs dテュas del mes de setiembre del aテアo dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 207 numeral 2) de la Constituciテウn Nacional. 

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