Descargar Archivo: Ley N° 4745 (39.85 KB)
LEY N° 4.745
QUE CONCEDE ASCENSO A LOS EXCOMBATIENTES, MUTILADOS Y LICIADOS DE LA GUERRA DEL CHACO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGAUAYASANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ArtĂculo 1°.- ConcĂ©dese el ascenso a la jerarquĂa inmediata superior a los excombatientes, mutilados y lisiados de la Guerra del Chaco.
ArtĂculo 2°.- ConcĂ©dese el ascenso pĂłstumo a la jerarquĂa inmediata superior a los excombatientes, mutilados y lisiados de la Guerra del Chaco.
ArtĂculo 3°.- OtĂłrgase a los beneficiados por los artĂculos 1° y 2° de la presente ley todos los beneficios previstos por la legislaciĂłn vigente.
ArtĂculo 4°.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable CĂĄmara de Diputados, a los catorce dĂas del mes de junio del año dos mil doce, y por la Honorable CĂĄmara de Senadores, a los trece dĂas del mes de setiembre del año dos mil doce, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artĂculo 204 de la ConstituciĂłn Nacional.