Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 4168 / CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA NILDA ESTELA GRACIELA BAEZ ESPINOLA



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窶記EY Nツー 4168
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA NILDA ESTELA GRACIELA BAEZ ESPINOLA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツコ.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 1.500.000 (Guaranテュes un millテウn quinientos mil) mensuales, a favor de la seテアora Nilda Estela Graciela Bテ。ez Espテュnola, con Cテゥdula de Identidad Civil Nツコ 1.750.127.
Artテュculo 2ツコ.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente. 
Artテュculo 3ツコ.- La beneficiaria de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツコ.- La aplicaciテウn de la presente disposiciテウn legal serテ。 en carテ。cter de excepciテウn a lo establecido en la Ley Nツコ 4027/10 窶弉UE REGULA LA CONCESION Y AUMENTO DE PENSIONES GRACIABLES窶.
Artテュculo 5ツコ.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a veinte dテュas del mes de julio del aテアo dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a veintiocho dテュas del mes de octubre del aテアo dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 211 de la Constituciテウn Nacional.

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