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âLEY N° 1558
QUE DECLARA DE INTERÉS PUBLICO Y DESAFECTA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL, UN INMUEBLE DEL DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL), SITUADO EN EL DISTRITO DE JOSE DOMINGO OCAMPOS, DEPARTAMENTO CAAGUAZU.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Declárase de interés público, desaféctase a favor del Instituto de Bienestar Rural y destínase a los fines de la Reforma Agraria, un inmueble de dominio privado del Estado Paraguayo (Ministerio de Defensa Nacional), situado en el Distrito de José Domingo Ocampos del Departamento Caaguazú e inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos como Finca No. 206, con una superficie de 774 has. 7.215 ms2. 5.868 cms2. (setecientas setenta y cuatro hectáreas, siete mil doscientos quince metros cuadrados, cinco mil ochocientos sesenta y ocho centímetros cuadrados).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable Cámara de Diputados, a once días del mes de mayo del año dos mil, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.