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LEY N° 6.012
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN, APROBADO POR LEY N° 5.554, DEL 5 DE ENERO DE 2016 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016”, VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA, NORMALIZACIÓN Y METROLOGÍA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.° Amplíase la estimación de los ingresos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, por la suma de ₲ 4.940.000.000 (Guaraníes cuatro mil novecientos cuarenta millones), conforme con el Anexo que forma parte de esta ley.
Artículo 2.° Apruébase la ampliación del crédito presupuestario del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, por la suma de ₲ 4.940.000.000. (Guaraníes cuatro mil novecientos cuarenta millones), conforme con el Anexo que forma parte de esta ley.
Artículo 3.° Establécese que las autoridades del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, serán responsables por la inclusión en su presupuesto de recursos y créditos, planes y programas que no guarden relación directa con los fines y objetivos previstos en la ley o su carta orgánica, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 1.535/1999, “DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO”.
Artículo 4.° Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente ley, de acuerdo con el Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y ejecución presupuestaria, en el Ejercicio Fiscal en vigencia a la fecha de promulgación de la presente ley.
Artículo 5.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a un día de noviembre de dos mil diecisiete, y por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco días de diciembre de dos mil diecisiete, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.