LEY Nº 6304
QUE CREA LA COMISIÓN BICAMERAL DE REORDENAMIENTO DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.° Créase la Comisión Bicameral de Reordenamiento de la Estructura del Estado, con el objeto de estudiar y analizar la estructura de los Organismos y Entidades del Estado a fin de de evitar la superposición de funciones y asignación de recursos, así también analizará la calidad del gasto público y la carrera civil de funcionarios.
Artículo 2.° La Comisión Bicameral de Reordenamiento de la Estructura del Estado velará por la correcta utilización de los recursos y sobre todo el cumplimiento de los fines institucionales. A tal efecto podrá solicitar apoyo técnico a la Comisión Bicameral de Presupuesto, al Ministerio de Hacienda, a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social y demás Organismos del Estado.
Artículo 3.° La Comisión Bicameral de Reordenamiento de la Estructura del Estado analizará la solicitud para la creación o modificación de cualquier Organismo y Entidad del Estado sean estas solicitadas por el Poder Ejecutivo o de iniciativa parlamentaria.
Artículo 4.° La Comisión Bicameral de Reordenamiento de la Estructura del Estado será integrada por lo menos por cinco Diputados Nacionales y cinco Senadores Nacionales. Dicha Comisión reglamentará su funcionamiento.
Artículo 5.° En el Presupuesto General de la Nación se incluirán las partidas presupuestarias necesarias para el financiamiento de los gastos que demanden el funcionamiento de esta comisión.
Artículo 6.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil diecinueve, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución.