Leyes Paraguayas

Ley Nº 6093 / DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE HACIENDA), FRACCIONES DE INMUEBLES INDIVIDUALIZADAS COMO PARTE DE LA FINCA N° 24.346, UBICADAS EN EL Km 9 MONDAY DEL MUNICIPIO DE CIUDAD DEL ESTE, PARA SU POSTERIOR TRANSFERENCIA A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE LOS ACTUALES OCUPANTES DEL ASENTAMIENTO “8 DE DICIEMBRE”



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LEY N° 6.093

QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE HACIENDA), FRACCIONES DE INMUEBLES INDIVIDUALIZADAS COMO PARTE DE LA FINCA N° 24.346, UBICADAS EN EL Km 9 MONDAY DEL MUNICIPIO DE CIUDAD DEL ESTE, PARA SU POSTERIOR TRANSFERENCIA A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE LOS ACTUALES OCUPANTES DEL ASENTAMIENTO “8 DE DICIEMBRE”.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1.° Declárase de interés social y exprópiase a favor del Estado paraguayo (Ministerio de Hacienda), fracciones de inmuebles individualizadas como parte de la Finca N° 24.346, ubicadas en el Km 9 Monday del municipio de Ciudad del Este, para su posterior transferencia a Título oneroso a favor de los actuales ocupantes del Asentamiento “8 de Diciembre”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:

MANZANA N° I (UNO)

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E, (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 4 ampliación de la Calle 9 Monday;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Oeste), mide 69 m (sesenta y nueve metros), linda con Calle 2;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 5; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos Este), mide 69 m (sesenta y nueve metros), linda con Calle 3.

SUPERFICIE: 5.796 m2 (CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175419.24; E = 731977.14

Punto (02): N = 7175502.82; E = 731985.60

MANZANA N° II (DOS)

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 5;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Oeste), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 2;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 6; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 3.

SUPERFICIE: 5.040 m2 (CINCO MIL CUARENTA METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175427.80; E = 731892.57

Punto (02): N = 7175511.38; E = 731901.03

MANZANA N° III (TRES)

 

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 6;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados cuatro minutos, Oeste), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 2;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 7; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Este), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 3.

SUPERFICIE: 5.040 m2 (CINCO MIL CUARENTA METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175435.45; E = 731816.96

Punto (02): N = 7175519.03; E = 731825.41

MANZANA N° IV (CUATRO)

 

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 7;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Oeste), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 2;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 8; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Este), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 3.

SUPERFICIE: 5.040 m2 (CINCO MIL CUARENTA METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175586.42; E = 731626.19

Punto (02): N = 7175636.17; E = 731631.25

MANZANA N° V (CINCO)

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 8;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Oeste), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 2;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 9; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Este), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 2.

SUPERFICIE: 5.040 m2 (CINCO MIL CUARENTA METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175450.75; E = 731665.73

Punto (02): N = 7175534.33; E = 731674.19

MANZANA N° XI (ONCE)

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 7;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados cuatro minutos, Oeste), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 1;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 8; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Este), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 2.

SUPERFICIE: 5.040 m2 (CINCO MIL CUARENTA METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175542.60; E = 731751.41

Punto (02): N = 7175626.17; E = 731759.87

MANZANA N° XII (DOCE)

 

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 6;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Oeste), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 1;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros.), linda con Calle 7; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Este), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 2.

SUPERFICIE: 5.040 m2 (CINCO MIL CUARENTA METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175527.29; E = 731902.64

Punto (02): N = 7175610.88; E = 731911.10

MANZANA N° XIII (TRECE)

 

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 5;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Oeste), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 1;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 6; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Este), mide 60 m (sesenta metros), linda con Calle 2.

SUPERFICIE: 5.040 m2 (CINCO MIL CUARENTA METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

REFERENCIA: Los mojones esquineros 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175527.29; E = 731902.64

Punto (02): N = 7175610.88; E = 731911.10

MANZANA N° XIV (CATORCE)

LÍNEA 01-02: Con rumbo N 10° 56’ E (Norte, diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 84 m (ochenta y cuatro metros), linda con Calle 4 ampliación de la calle 9 Monday;

LÍNEA 02-03: Con rumbo N 79° 4’ W (Norte, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Oeste), mide 69 m (sesenta y nueve metros.) y linda con Calle 1;

LÍNEA 03-04: Con rumbo S 10° 56’ W (Sur, diez grados, cincuenta y seis minutos, Oeste), mide 84 m (ochenta y cuatro metros) y linda con Calle 5; y,

LÍNEA 04-01: Con rumbo S 79° 4’ E (Sur, setenta y nueve grados, cuatro minutos, Este), mide 69 m (sesenta y nueve metros) y linda con Calle 2.

SUPERFICIE: 5.796 m2 (CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS).

Los vértices 01 y 02 están georreferenciado en proyección U.T.M. y Elipsoide W.G.S. 84, Zona 21.

Punto (01): N = 7175518.74; E = 731987.21

Punto (02): N = 7175602.31; E = 731995.67

Artículo 2.° El pago de la indemnización a la entidad propietaria del inmueble expropiado se hará mediante compensación con el crédito que por cuenta y orden del Estado paraguayo tiene admitido el Banco Central del Paraguay en el juicio de quiebra como consecuencia de los pagos realizados en virtud de la Ley N° 1.420/99 “QUE ESTABLECE UN RÉGIMEN ESPECIAL Y TRANSITORIO PARA EL SANEAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO”.

El valor de dicha indemnización será igual al valor de la tasación ordenada y aprobada por el juzgado que entiende en el juicio de quiebra de la entidad propietaria, deducidas las avaluaciones correspondientes a las fracciones destinadas para Calles, plazas, parques y edificios públicos.

Artículo 3.° El pasivo reconocido en la quiebra por impuestos inmobiliarios y servicios públicos será igualmente deducido del valor de la indemnización correspondiente, cuyo pago será a cargo del Estado paraguayo en su calidad de beneficiario de la presente ley.

Artículo 4.° El inmueble objeto de la presente expropiación será destinado a satisfacer las demandas de viviendas económicas o de interés social. El Estado paraguayo (Ministerio de Hacienda), por intermedio de la Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (SENAVITAT), se encargará de los trámites de Loteamiento, administración y suscripción de contratos de compraventa con los ocupantes de las Fincas expropiadas. El precio de venta a los adquirentes no será superior al valor de la tasación judicial de cada Lote, con sus mejoras si las hubiere.

Artículo 5.° El Ministerio de Hacienda y la Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (SENAVITAT), acordarán los mecanismos para la administración de los fondos percibidos en virtud de los contratos mencionados en el artículo anterior, de conformidad con las normativas legales y reglamentarias vigentes.

Artículo 6.° La transferencia de los Lotes a los ocupantes se realizará después de comprobarse fehacientemente que los mismos y sus cónyuges no poseen otros inmuebles en el territorio de la República, a través de Certificados de no poseer bienes inmuebles. En caso que los Certificados emitan informes negativos, la transferencia se realizará previa Declaración Jurada, de no poseer inmuebles, la que será firmada por el beneficiario.

Artículo 7.° Las fracciones destinadas a Calles, plazas, parques y edificios públicos, conforme al proyecto de Loteamiento aprobado por la Municipalidad de Ciudad del Este, deberán ser transferidos gratuitamente a favor de dicho Municipio, en el plazo de sesenta días de promulgada la presente ley.

Artículo 8.° La Escribanía Mayor de Gobierno tendrá a su cargo la formalización de las escrituras traslativas de dominio.

Artículo 9.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.


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