Leyes Paraguayas

Ley Nº 2060 / AUMENTA ASIGNACION DE PENSIÓN GRACIABLE AL SEÑOR CESAR VICENTE PICCO PALACIOS



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LEY  N° 2060
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE AL SEÑOR CESAR VICENTE PICCO PALACIOS
EL CONGRESO  DE LA  NACION PARAGUAYA  SANCIONA CON  FUERZA  DE
LEY:
Artículo 1º.- Auméntase a G. 500.000 (Quinientos mil guaraníes) mensuales, la pensión graciable concedida al señor César Vicente Picco Palacios.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- El beneficiario de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Derógase la Ley Nº 1185 del 25 de noviembre de 1997.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecisiete  días del mes de octubre del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil dos, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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