Descripci贸n
Ley N掳 4161 | Exonera pago de grav谩menes aduaneros para materiales inform谩ticos destinados exclusivamente a donaciones al Sistema Educativo Nacional
LEY N掳 4.161
QUE EXONERA DE TRIBUTOS LA IMPORTACI脫N DE COMPUTADORAS PORT脕TILES Y SUS SUMINISTROS, QUE SERAN DESTINADOS EXCLUSIVAMENTE A DONACIONES AL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art铆culo 1掳.- Exon茅rase del pago de los grav谩menes aduaneros y otros de efectos equivalentes, incluyendo la tasa de servicio de valoraci贸n aduanera y los impuestos internos de aplicaci贸n espec铆fica a la importaci贸n de computadoras port谩tiles y sus respectivos accesorios y suministros, que ser谩n destinados exclusivamente a donaciones al Sistema Educativo Nacional.
La exenci贸n tributaria se extender谩, igualmente, a la entrega gratuita al beneficiario final de los bienes se帽alados en el p谩rrafo anterior.
La entidad u otra de beneficio p煤blico que importe en este concepto deber谩 contar previamente con un Convenio con el Ministerio de Educaci贸n y Cultura, sobre el destino proyectado para dichos bienes.
Art铆culo 2掳.- A los efectos de la implementaci贸n de esta Ley, la Direcci贸n Nacional de Aduanas reglamentar谩 el procedimiento que deber谩n seguir los donantes para efectuar la importaci贸n de las computadoras port谩tiles y sus respectivos accesorios y suministros.
Art铆culo 3掳.- En caso de constatarse que las computadoras port谩tiles tuvieran un fin distinto al establecido en la presente Ley, el importador deber谩 abonar todos los impuestos, tasas y aranceles aduaneros de la importaci贸n, m谩s las sanciones establecidas por el C贸digo Aduanero.
Art铆culo 4掳.- Comun铆quese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable C谩mara de Diputados, a los nueve d铆as del mes de setiembre del a帽o dos mil diez, y por la Honorable C谩mara de Senadores, a los veinti煤n d铆as del mes de octubre del a帽o dos mil diez, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Art铆culo 204 de la Constituci贸n Nacional.