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Descripción
Ley N° 4351 | Suspende temporalmente la creación de Universidades e Instituto Superior
LEY N° 4351
QUE SUSPENDE LA CREACIÓN DE UNIVERSIDADES E INSTITUTOS SUPERIORES HASTA TANTO SEA PROMULGADA LA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Articulo 1°.- Suspéndase la creación de universidades e institutos superiores públicos y privados, hasta tanto sea promulgada la Ley de Educación Superior.
Articulo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a seis días del mes de diciembre del año dos mil diez, quedando sancionada el mismo en la Honorable Cámara de Diputados, a un dia del mes de junio del año dos mil once, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.