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LEY N° 1714
QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO, MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - 1ª DIVISIÓN DE INFANTERÍA, A DESAFECTAR DE SU INVENTARIO PATRIMONIAL Y A AFECTAR A FAVOR DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N° 244, SITUADO EN EL DISTRITO DE ALBERDI
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, Ministerio de Defensa Nacional – 1ª División de Infantería, a desafectar de su inventario patrimonial y a afectar a favor del Ministerio de Educación y Cultura, el inmueble individualizado como Finca N° 244, situado en el Distrito de Alberdi, de fecha 27 de mayo de 1993, para asiento de una unidad educativa, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 200 m (doscientos metros), linda con el Lote N° 56;
AL ESTE: Mide 200 m. (doscientos metros), linda con el Lote N° 74;
AL SUR: Mide 200 m. (doscientos metros), linda con el Lote N° 58; y,
AL OESTE: Mide 200 m. (doscientos metros), linda con una calle pública.
SUPERFICIE: 4 has. (cuatro hectáreas).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintidós días del mes de marzo del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciséis días del mes de mayo del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.