Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 4069 / CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R RAMIRO JESUS DOMINGUEZ CODAS



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窶記EY Nツー 4069
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R RAMIRO JESUS DOMINGUEZ CODAS
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artテュculo 1ツー.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 2.000.000 (Guaranテュes dos millones) mensuales, a favor del seテアor Ramiro Jesテコs Domテュnguez Codas, con Cテゥdula de Identidad Nツー 69.565.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- El beneficiario de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a quince dテュas del mes de abril del aテアo dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a cuatro dテュas del mes de agosto del aテアo dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 211 de la Constituciテウn Nacional.

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